Consulta si tienes multas e infracciones de transito por Municipios
Averiguar si tienes multas de tránsito es una labor que puede darte tranquilidad y es prácticamente una necesidad para estar legalmente al día al momento de hacer trámites. En realidad saber si se tiene multas es una gran incógnita para una gran parte de los conductores y averiguarlo antes de efectuar algún trámite vehicular es muy importante.
En la mayor parte de los casos, estas multas de tránsito no se detectan al momento de hacer una transferencia vehicular o la renovación de la licencia de conducir. Estas operaciones son las más comunes para quienes tiene un automóvil, sin embargo, hay otras operaciones que exigen estar al día.
De acuerdo a la disposición Nº 144/17 no se deben tener multas por pagar para realizar los siguientes trámites:
- Reposición de placas de identificación metálicas
- Cédula adicional
- Transferencias
- Renovación de cédula
- Cambio de radicación
- Cambio de Tipo
- Denuncia de Venta, posesión o tenencia
- Baja del Automotor
- Duplicado de Título
- Cambio de denominación social
- Cambio de domicilio
- Denuncia de Robo o hurto
- Cambio de Uso
- Cancelación de leasing
- Duplicado de cédula
En todos estos trámites se pedirá un libre de deuda para constatar la condición del automóvil y si existen multas. En el caso que hubiere multas sin pagar, el sistema no dejará seguir adelante con cualquier operación.
¿Cómo constatar si tengo o no multas de tránsito?
Un trámite que no permite realizar el sistema si se tienen multas es hacer la inscripción de las transferencias de automotores, por esa razón es primordial disipar todas las deudas y ponerse al día. Dé la misma manera no se debe tener acreditada deuda de patentes ni similares. Entonces, es clave saber si se tienen deudas con multas de tránsito. En este caso a partir del formulario 13 único, los RS (Registros Seccionales) hacen una solicitud de informe de deuda a consecuencia de multas de tránsito. Se constata el informe de deudas por multas de tránsito en la base de datos de la Dirección General Administrativa de infracciones y se da el visto bueno o no a lo que se requiera hacer por el solicitante.
El pago de las multas será obligatorio cuando hayan sido cometidas por el titular vendedor, siempre y cuándo dichas multas hayan sido reportadas en tiempo y forma. Esto significa que las faltas cometidas por el titular se obligan a estar informadas en el periodo que el infractor es el titular del automotor. El Sistema Unificado de Gestión de consultas de Infracciones de Tránsito (SUGIT) es el que se utiliza para consultar las multas de tránsito. Este sistema tiene como finalidad que sean acreditadas ya sea por el adquirente o por el titular como una manera de liberar las presuntas deudas que pudiera tener el automotor.
Con la implementación de este sistema informático se garantiza la eficiencia a los efectos del cobro fiscal. Es por ello que cada vez más se adjuntan al convenio de SUGIT más jurisdicciones, tanto municipales como provinciales y de esta manera lograr la comunicación de todas las actas a nivel nacional.
Este procedimiento se realiza de dos formas, la primera si no hay deudas, se puede extender un certificado valedero por 30 días continuos. La segunda, si hay deudas, se realiza la negativa de pago firmando el titular vendedor. De igual forma se puede recurrir al RS mostrando una manifestación ante escribano.
Multa Digital
Este informe de deuda por multas de tránsito puede obtenerse a través de un gestor o bien utilizando la ST 13 Digital incorporada a través de la disposición 81 de fecha 12/03/2018. Esta establece que podrá ser solicitado y recibido totalmente en forma electrónica. A tal efecto los usuarios deberán suministrar algunos datos personales y del vehículo al mandatario interviniente a fin de gestionar la precarga para luego realizar el pago del arancel.
En el caso de que no exista deuda alguna, la información tendrá la figura de certificado de que no hay actas pendientes de resolución. Es así como entonces podrá usarse dentro del periodo de vigencia para su refrendación ante el Registro Seccional.
Si el informe saliera con deuda por cancelar o pendiente en relación a las multas de tránsito se procederá al pago en el Registro que lo emitiera. Entonces se conformará el certificado de inexistencia de actas pendientes y deberá ser consignado dentro del plazo establecido ante el Registro. En el caso que se confirmara que existe deuda de multas de tránsito y no se asistiera a abonarlas, habrá un plazo disponible de 90 días. También es importante saber que quien manifieste ser el solicitante de ese 13U podrá consultar durante ese periodo con el recibo de pago y sin nuevo cargo la existencia de deuda.
Consulta en línea
Tanto en la ciudad de Buenos Aires como en los demás distritos, se puede consultar en línea las multas. Este proceso se realiza ingresando el DNI o el número de patente. En seguida se puede hacer un pago voluntario con 50% de descuento. Este trámite puede ser ejecutado por cualquier ciudadano que posea los datos de automóvil o al ingresar el documento de identidad. Estos pasos se detallan en la web de multas de tránsito online.
Pago Voluntario
Si al hacer la consulta de multas de tránsito, se encuentra dentro del periodo de Pago Voluntario (40 días desde el momento en que fue notificado), se puede pagar con un descuento del 50% del total.
Se debe hacer caso a que si dice “A resolver en UACF” pero aún si está dentro del plazo de Pago Voluntario, es posible de todas maneras gozar del beneficio, debido a que solo indica que dichas multas se encuentran resididas en un controlador. Si por el contrario dice “Resolver en Mandatarios” deberá entonces comunicarse con el número 5217-2023 para mayor información.
Formas de Pago
- En línea: acreditación instantánea con Visa, MasterCard, Amex, Cabal o Visa Electrón.
- De manera presencial: acreditación con Banco Ciudad, Visa, Cabal, MasterCard, Visa Electrón o Amex en las Sedes Comunales.
- Acreditación en 48 horas: Pago Fácil, RapidPago o BAPRO con la boleta impresa (BUI).
Descarga con controlador de infracciones
Si desea resolver su caso con un controlador, lo puede hacer por medio del chat en línea o tendrá que sacar un turno por Presunto Infractor y darse una ida a una sede. No obstante, si hace uso de esta manera, perderá el beneficio de Pago Voluntario.
De la misma forma puede consultar si el automóvil tiene multa en la página de DNRPA en donde puede solicitar el informe 13i y averiguar si el auto tiene infracciones. Los pasos a seguir son: seleccionar “informes online”, colocar los datos de quien solicita y empezar a buscar las infracciones. Otra opción para realizar esta consulta se puede hacer en Argentina.gov.ar. Esta consulta se realiza colocando el número del documento y se puede consultar el modelo del acta de infracción, las entidades de pago, los juzgados fijados y si el costo del trámite es gratuito.
Costo de la Multa
El Gobierno de Buenos Aires dio a conocer un incremento de 82,50% del valor de referencia usado para calcular las multas por infracciones de tránsito. Esta nueva tarifa está en vigencia desde el 1 de enero de 2021. El costo de las multas se establece según una unidad fija con valor equivalente a medio litro de nafta de mayor octanaje informado por el Automóvil Club Argentino sede central. Todo esto se actualiza cada seis meses según la Ley 451.
El valor que se informó a la Subsecretaría de Justicia fue de $78,10 por lo que la nueva Unidad Fija será de $39,05, lo que en efecto representa un reajuste del 82,50%. El valor de la unidad en la actualidad es de 21,40 y no ha sido actualizado desde el 8 de febrero del 2019. Según se entiende, este reajuste impactará de manera significativa el ámbito de las infracciones que se cometan e inclusive en aquellas que no han sido pagadas por sus deudores. Es así como una multa por exceso de velocidad que era de 70 UF ahora será de 4000 UF.
Hasta el momento en valores es de entre $ 1498 a $ 85.600 y pasará de entre $2.733 a $ 156.200. En el caso de pasarse la luz roja que en este momento es de 300 UF a 1500 UF con valores de entre $6.420 a $ 32.100 pasará de $ 11.715 a un máximo de $ 58.570.
Multas de tránsito más comunes
Más de 4 millones de infracciones de tránsito se han hecho en los últimos años y de las cuales 1.3 millones se hicieron por aparcarse indebidamente.
La segunda posición la ocupa el exceso de velocidad y muchas de ellas por sobrepasar la máxima en hasta 20 kilómetros por hora en vías comunes o en hasta 40 kilómetros por hora en vías rápidas.
La tercera posición la ocupa ingresar sin permiso a las áreas peatonales del centro, tribunales o Casco Histórico.
La cuarta posición está ocupada por usar el celular mientras se conduce. La quinta la tiene evadir el pago de pasaje. La sexta posición en el ranking la ocupa pasarse el semáforo en rojo, detrás le siguen alcohol al volante y la invasión de carriles solo para el transporte público.
La no utilización del cinturón de seguridad seguido por irrespeto a la autoridad cierra el top 10 de la lista de motivos para recibir una multa.
¿Realmente las multas pueden ser anuladas?
Según el artículo 89 de la Ley de Tránsito Nº 24.449, la anulación de las multas puede tener diversas causas. Entre estas causas tenemos muerte, conmutación o indulto de sanciones. Por otra parte se consideran faltas leves a los 2 años y las graves a los 5 años de multa. Estas se producen cuando acontecen multas de tránsito como:
- Infracción de luz roja
- Manejar sin cinturón de seguridad
- Huir o negarse a suministrar documentación
- Infringir los límites de velocidad
- No cumplir con lo requerido en caso de accidente
- Cerrar la circulación y el estacionamiento en lugares reservados
- Manejar sin documentación reglamentaria
- Violentar a la seguridad de tránsito
Notificaciones que ayudan a multar a un infractor de tránsito
Es importante mencionar que la falta de notificación hace nula las multas de tránsito a menos que haya una foto multa que lo compruebe sin que el conductor se entere y que genere una prueba fehaciente. Esta debe ser tomada de la parte trasera del vehículo con la finalidad de no quebrantar la privacidad del conductor. La cámara que tome la foto debe estar homologada y no vencida y además debe contar con normas de calidad que hagan visible lo que enfoque como por ejemplo la patente del infractor. La notificación hace referencia a las actas sin importe, quienes quedarán en espera de ser resueltas.
En el mismo orden de ideas entran también en juego los radares los cuales están sujetos a controles antes de su puesta en funcionamiento por el INTI-Secretaría de Comercio Interior. Estas verificaciones serán anuales para determinar la vigencia de su uso por las jurisdicciones de toda la nación como provincias y municipios. Estos radares deben ser manejados por personal capacitado y registrado por este organismo.
Requerimientos para que las multas tengan validez legal
- Datos del municipio donde acontece la multa
- Fecha completa (Día, Mes, Año) igualmente la hora del suceso.
- Dirección donde sucedió el acto violatorio (ruta y kilómetro)
- Velocidad máxima permitida y velocidad en la que el vehículo estaba circulando en el momento de la infracción (en Km/h)
- Firma de la autoridad pública que emite la multa
- Datos del radar utilizado para corroborar la presunta violación de tránsito (modelo, marca o código de operación y el Nº de serie). Debe incluir el Nº de Disposición ANSV que autorice el uso del dispositivo.
- Datos de contacto del Tribunal Administrativo o Juzgado de Faltas correspondiente.
- Matrícula habilitante del operador radar que haya sido otorgada por ANSV
Si alguno de estos datos o todos no se encuentran registrados en el acta o si por otra razón se considera que la multa de tránsito no es válida, se debe presentar el descargo ante el tribunal administrativo o el Juzgado de Faltas competente.