¿Qué es el título de Propiedad Digital y para qué sirve el Formulario 08?
Actualmente el título de propiedad automotor ya dejó de ser un papel y es enviado vía correo electrónico al solicitante. El documento de propiedad del vehículo es un documento que no debe faltar entre los legajos del dueño del auto ya que lo acredita como el consignatario legal del mismo en cualquier lugar que esté. En función de esto la Dirección Nacional de la Propiedad Automotor (DNRPA) adoptó esta medida con la finalidad de “despapelizar” a la administración pública nacional, en el marco de un plan de evolución en la nación.
Para acelerar el proceso de compra de vehículos, el gobierno ordenó la concesión electrónica de la propiedad del vehículo y determinó que una vez realizada la transferencia, se enviaría por correo electrónico al propietario del vehículo, quien podría imprimir la propiedad cuando fuera necesario.
De acuerdo a la DNRPA, la medida que crea el “Título Digital de Propiedad del Automotor” ya está en vigencia a raíz de una disposición emanada de su despacho el cual es dependiente del Ministerio de Justicia.
El organismo justificó la decisión diciendo que «la seguridad jurídica que propone el sistema de registro radica en la efectividad del registro, no en el soporte material que contiene el documento».
De igual forma, explicó que una vez que se expida el título digital, se enviará una «constancia de asignación de título» (CAT) al propietario del automóvil por correo electrónico, el cual contendrá un código de verificación alfanumérico y un código QR.
¿Es este título electrónico tan legal como el de papel?
Sí, ya que este elemento permitirá al propietario del dominio acceder al sitio web de la Oficina Nacional desde cualquier dispositivo con acceso a Internet para consultar, descargar o imprimir el título firmado electrónicamente tan legal como lo era antes en papel.
Este título es un documento válido que certifica el vehículo y a su propietario, e incluye los siguientes datos en su versión digital: número de dominio, los datos actuales según se trate de automóviles, motos, maquinaria agrícola, maquinaria vial o industrial y su propietario, año del modelo del vehículo, fecha de su primera inscripción, uso dado, fecha de su última transferencia, dirección del propietario anterior, lugar y fecha de emisión del título de propiedad, código de registro y firma electrónica.
La DNRPA ha tomado esta medida para “despapelizar” la administración pública nacional en el marco del “Plan Nacional de Modernización”, por lo que considera necesario “ajustar el soporte material que en la actualidad contiene el “Título de Propiedad del Automotor”.
En el transcurrir de la vigencia del sistema registral, el título de propiedad ha sufrido cambios que han provocado a que distintos y numerosos modelos del mismo, en formato papel, obren a favor de los usuarios del sistema, señalaron las autoridades en la materia.
Asimismo, señalaron que “la dinámica de la organización interna de los registros seccionales y la logística del suministro de los diferentes elementos registrales requieren medidas para reducir los tiempos y costos que se imponen en la impresión y distribución de estos elementos”. El proceso de distribución puede sufrir robos, aumentando así el riesgo de registros con documentos falsos.
Por tal motivo, enfatizaron que “se cumplen las condiciones técnicas para la digitalización completa del título del automóvil, y una vez que se le asigna al propietario del automóvil de acuerdo con el procesamiento correspondiente, se le puede enviar por correo electrónico”.
Ya en este momento, los documentos utilizados al transferir automóviles se completarán en línea. Luego con turno, solo se asiste al registro para firmar.
¿Qué es el Formulario 08?
El formulario 08 es un documento indispensable y obligatorio para la venta de un automóvil, moto o maquinaria agrícola usados. En el mismo, el dueño actual del automotor a transferir cede todos sus derechos y titularidad al adquirente o comprador asumiendo que este bien pasará a su nombre.
En la actualidad en la página de la Dirección Nacional de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios (DNRPA) el formulario 08 se puede llenar de forma gratuita. Este organismo es el único que puede emitir códigos y turnos de manera oficial. Luego de completar los datos la DNRPA genera un código, con un número de precarga, turno y registro.
¿El Formulario 08 es el primer paso para la venta de un automotor?
Sí. En virtud de esto, se espera que el mercado de automóviles usados se recupere en los próximos meses con respecto a tiempos anteriores. Esto significa que pudieran transferirse más de 1,7 millones de unidades este año.
En este caso, la DNRPA pretende simplificar el trámite y define la primera operación en línea para tal fin, que es llenar el Formulario 08.
El nuevo sistema de transferencia de dominio se puede encontrar en el sitio web de DNRPA. Aparece un enlace, que hace referencia al formulario oficial a completar. Los datos necesarios para iniciar el proceso son los del dominio del vehículo, del comprador y del vendedor.
Lo importante es que cada participante involucrado en la operación podrá completar la operación que le corresponde, pues aparece un número de referencia, permitiendo que todos ingresen al mismo documento por separado.
Después de completar el formulario se solicita vía online un turno para seleccionar la fecha y la hora que se les asigne para ser atendidos en el Registro.
¿Cómo es el proceso para llenar el Formulario 08?
Cuando se ingresa a la página de la DNRPA se busca «transferencia digital», luego dice: «Ahora puedes iniciar tu trámite de transferencia de manera digital”. Completa los datos y ve al Registro con el número de identificación que se te enviará por correo electrónico. De esta manera podrás ahorrar tiempo.
Esta operación permite transferencias entre personas físicas o jurídicas cuando se cumplan las siguientes circunstancias:
- Todas las partes vayan al Registro Seccional y certifiquen sus firmas en ese lugar.
- Cuando exista un formulario 08 en formato papel, con la firma verificada o certificada por una de las partes hecha con anticipación.
Luego, tanto el comprador como el vendedor ingresan a «comenzar trámite» al mismo tiempo, seleccionan la opción «completar datos de ambas partes», o ingresan a través de «datos del comprador” y luego a » completar datos de ambas partes”.
Luego, los compradores y vendedores ingresan a «comenzar trámite» en diferentes momentos y seleccionan la opción «datos del vendedor». Si el comprador necesita cargar sus datos entonces deberá seleccionar la opción “datos del comprador” y después ir a «continuar con la precarga iniciada» inscribiendo el número de la precarga que se le envió a su email cuando el vendedor terminó su carga.
¿Cuáles son los requisitos para llenar el Formulario 08?
Debes tener a la mano y contar con cada uno de los documentos y la información que te serán solicitadas en cada paso. Esta información consta de:
- Título de propiedad del automóvil
- Cédula original y adicional
- Cédula de autorizado a conducir
- Email impreso donde esté el número de precarga del Formulario 08
- El CETA (Certificado de Transferencia de Automotores) gestionado ante la AFIP si fuera el caso.
- Constancia del CUIL/CUIT del vendedor/es y compradores/es
- DNI de todas las personas involucradas (vendedor/es, comprador/es, cónyuge)
- Si fuere el caso en que se represente a un tercero se deberá presentar la respectiva documentación que certifique la representación invocada.
- Formulario de verificación policial